Libertad religiosa

30 junio 2006

Desde la Declaración Universal sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones de 1981, se han adoptado una serie de iniciativas destinadas a comprobar el grado de cumplimiento de las disposiciones contenidas en la misma y se ha intentado avanzar en el proceso de implementación de ésta en los diferentes países para prevenir la intolerancia. Dentro de esta política de prevención, el Relator Especial sobre la libertad de religión o de convicciones, ha dedicado gran parte de sus esfuerzos a poner de relieve la trascendencia que puede tener la educación religiosa en la construcción de una sociedad internacional en la que los valores de la tolerancia y la no discriminación sean comúnmente aceptados. Este artículo explica el proceso seguido en la Conferencia Internacional Consultiva sobre la educación escolar en relación con la libertad de religión y de convicciones, la tolerancia y la no discriminación, para la elaboración de un texto de recomendaciones que sirva para diseñar una estrategia educativa internacional centrada en el derecho de libertad de religión y de convicción entre los jóvenes de edades correspondientes a los niveles de educación primaria y secundaria.

 

Descriptores: Libertad religiosa, tolerancia y no discriminación, enseñanza religiosa, educación escolar.

30 junio 2006

La Constitución Española reconoce el derecho de los padres a que sus hijos reciban la educación religiosa de acuerdo con sus creencias. La Ley Orgánica de Libertad Religiosa incluye el derecho a la enseñanza religiosa como parte integral del derecho a la libertad religiosa. Sin embargo la LOGSE limita la enseñanza religiosa en las escuelas a las Confesiones que han firmado Convenios de Cooperación con el Estado (Iglesia Católica, Protestantes, Judíos y la Federación Musulmana). El nombramiento de los profesores, el contenido de las materias y los manuales son responsabilidad de las Confesiones Religiosas. El Estado paga el sueldo de los profesores cuando, al menos, tienen 10 alumnos. Los alumnos que no escogen religión han de seguir una materia alternativa.

 

Descriptores: Libertad religiosa, libertad en educación, enseñanza religiosa en la escuela, derecho de los padres en educación.