igualdad de oportunidades

10 abril 2017

Este artículo hace referencia a la necesidad de que la educación parta de una observación de los datos socioeconómicos y nos lleva a fijarnos en la multiplicidad que les es propia: los educandos, las instituciones nos aparecen dentro de un marco de variadas posibilidades. Algunas veces tal pluralismo, que significa diferentes modos de identidad personal, se tiene por positiva, de modo que la democracia consiste en respetarla y favorecerla. En otros casos, por el contrario, la diversidad supone una desigualdad en bienes y medios, lo que es juzgado como un desorden social intolerable.

 

Autores:

José Mª Quintana Cabanas. Universidad Autónoma de Barcelona.

23 mayo 2012

Los programas de atención a la diversidad representan una de las alternativas de la LOE (2006) para paliar las altas tasas de fracaso escolar de la enseñanza obligatoria. En este estudio se pretende describir y comparar las percepciones del alumnado que no ha obtenido el graduado de educación secundaria sobre el funcionamiento de la ESO y de los programas de atención a la diversidad (Programas de Diversificación Curricular y Programas de Cualificación Profesional Inicial). El trabajo de investigación se ha llevado a cabo en dieciocho centros educativos, seis centros por cada capital de provincia de la comunidad autónoma del País Vasco (tres institutos con ESO y Programas de Diversificación Curricular y tres Programas de Cualificación Profesional Inicial). Los resultados de la investigación indican que el alumnado semuestramás satisfecho con el funcionamiento de los programas de atención a la diversidad que con los métodos de trabajo desarrollados anteriormente en la Educación Secundaria Obligatoria.

2 enero 2007

Es preciso dotar de un contenido  pedagógico y de una orientación específica a la tan traída y llevada «igualdad de oportunidades entre los sexos» (igualdad en qué e igualdad para qué). La igualdad de oportunidades entre los sexos, en el ámbito educativo, debe constituir, por un lado un espacio para la superación de la discriminación de la mujer en la esfera de la enseñanza ejerciendo una reflexión crítica sobre los estereotipos sexistas socialmente dominantes, al tiempo que se garantiza la libertad de los padres para educar a sus hijos conforme a sus convicciones pedagógicas, tal y como garantiza la futura Constitución Europea. El Estado a través de sus políticas públicas de enseñanza no sólo debe garantizar la igualdad de oportunidades desde una perspectiva pedagógica sino también, y sobre todo, jurídica, ofreciendo y garantizando los márgenes de libertad suficiente acordes al pluralismo que una sociedad abierta exige.

 

Descriptores: Política de la educación, igualdad de oportunidades, coeducación, educación diferenciada por sexo, libertad de enseñanza.