educación multicultural

10 abril 2017

El reconocimiento del pluralismo ideológico, político, cultural y lingüístico configura un cuadro condicionante del sistema educativo cuyo correlato paradógico sería el principio de la educación diferencial. La diversidad social en el seno de los estados nacionales determina una diferenciación de la educación tanto en los aspectos curriculares cuanto organizativos y de control. El concepto de educación multicultural, por un lado, el equilibrio de competencias y el establecimiento de mecanismos democráticos y de participación en la toma de decisiones educativas, por otro, constituyen algunas de las perspectivas a la necesaria respuesta pedagógica al pluralismo social.

 

Autores:

Arturo De La Orden. Universidad Complutense de Madrid.

19 marzo 2017

El artículo presenta los problemas existentes para garantizar el derecho del niño a una educación multicultural en aquellos casos en que los padres, por diversas razones, viven en regiones diferentes de un mismo país o en diferentes países. El autor analiza la legislación internacional centrándose en el «Convenio de la Haya sobre los aspectos civiles del secuestro internacional de menores», el «Convenio del Consejo de Europa relativo al reconocimiento y la ejecución de decisiones en materia de custodia de menores, así como el restablecimiento de dicha custodia» y, por último, el «Convenio inter-Americano sobre el retorno internacional de menores». Estos tratados pretenden homogeneizar los criterios que han de prevalecer al defender el «interés superior del niño» entre diversos países. Es preciso regular las visitas del menor a uno de sus padres de modo que sean ocasiones propicias para conocer otra cultura, tal y como propone el apartado c) de la Convención de los Derechos del Niño. Esto requiere, por un lado, garantizar el regreso del niño al país donde está viviendo para impedir la práctica del «secuestro internacional de menores», así como extender la figura jurídica del «mediador» o «árbitro» -ya existente en algunos países- que evite la creación intencionada de actitudes negativas del niño hacia una de esas culturas. Un caso particular de este problema lo constituyen las adopciones de niños de otros países. En algunos países ya se requiere que los futuros padres adoptivos pasen un cierto tiempo en la cultura de origen del niño. Sin embargo, sigue siendo difícil resolver en estas situaciones el equilibrio cultural demandado en el artículo 29.1.c) de la Convención.

 

Autores:

Adair Dyer. Hague Conference on Prívate International Law

19 marzo 2017

El Articulo 29.1.C describe y desarrolla un respeto por la identidad cultural del niño y crea una conciencia de otras culturas. Se determinan diferentes significados de cultura: objetivo, subjetivo, superior y popular. Los principales factores de la cultura son el idioma, la religión y la etnia. Las raíces de la educación multicultural se encuentran en las recomendaciones de las organizaciones internacionales, el movimiento por los derechos civiles de la década de 1960, el aumento de la inmigración y las demandas de los grupos minoritarios en cada país. Se presentan varios modelos de educación multicultural:

- El modelo estadounidense que incluye elementos culturales, sexo, clase social, edad y minusválidos. Más que la igualdad cultural, se trata de la igualdad de trato de todas las minorías.

- La inclusión incidental en el plan de estudios de varios componentes típicos de las minorías: folclore, humor, festividades y feriados nacionales.

- El lenguaje y la cultura de todas las minorías se consideran una parte fundamental del plan de estudios, pero solo para los miembros de cada cultura.

- La cooficialidad de todos los idiomas y culturas. Se logra un bilingüismo completo y la integración total del individuo en su propia cultura y la mayoritaria. Este es el caso de España y las Comunidades Autónomas que promueven su propio idioma.

- El autor explica los objetivos, los materiales, las funciones de los docentes y las relaciones entre las escuelas y la comunidad que optimizan la educación multicultural.

 

Autores:

Ricardo Marín lbáñez. Universidad Nacional de Educación a Distancia

13 marzo 2017

Este documento analiza los esfuerzos realizados para hacer cumplir la educación multicultural de los hijos de ciudadanos inmigrantes en el contexto de la Unión Europea. Se han tomado medidas para garantizar en este país:

  • Enseñanza del idioma oficial.
  • Educación multicultural del personal docente.
  • Enseñanza de lengua materna y civilización.

12 marzo 2017

El concepto de conciencia histórica presupone el discurso histórico. A los efectos de esta exposición, entendemos por discurso histórico el universo historiográfico ya logrado. Es decir, el conocimiento que hoy podemos tener de las realidades históricas, después de las aportaciones de las grandes escuelas historiográficas y de los historiadores que han marcado de manera decisiva el desarrollo de estos estudios. Incluyendo también la luz que han arrojado debates importantes sobre determinadas cuestiones como, entre nosotros, el enigma de España entre Américo Castro y Sánchez Albornoz o la gesta de España en América, avivada con motivo del Quinto Centenario.

La conciencia histórica tiene en cuenta necesariamente el discurso  histórico. Más aún, el discurso histórico es el núcleo duro, el saber de la historia que lleva en sí el embrión de la conciencia histórica. Pero ésta, a partir del mismo, concierne otros aspectos, distintos del puro conocer intelectual, aunque, como es lógico, relacionados con el conocimiento del que parte.

Contando, no sólo con la búsqueda irrenunciable de la certeza histórica, sino con la seguridad de que también en historia se cuenta con determinadas certezas bien contrastadas, como se ha escrito recientemente, «que no se balancean», entendemos que la forma propia del conocimiento histórico interpela de un modo peculiar al sujeto que lo cultiva.