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Educación en familia. Ampliando derechos educativos y de conciencia.

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Briones Martínez, I. Mª. (Coord.) (2014).
Educación en familia. Ampliando derechos educativos y de conciencia.
(Madrid, Dykinson). 331 pp.
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Resumen

La obra colectiva que presentamos, de gran actualidad, y nacida a partir del III Congreso Nacional sobre Educación en Familia, organizado en la Universidad Complutense de Madrid, se divide en dos partes, precedidas de un prólogo escrito por Francisco López Rupérez. La primera parte: «Estudio jurídico de la educación en familia», está constituida por cuatro capítulos, y la segunda: «Aproximación a un enfoque pedagógico», por tres trabajos.

Veamos con mayor detenimiento este libro en el que participan dieciocho autores y que coordina la profesora Briones Martínez: En el primer capítulo: «La familia y el mejor interés del menor. Delimitando derechos educativos y de conciencia», se incluyen dos trabajos: «La protección del menor y la educación en familia» y «La importancia de la educación en familia para el desarrollo integral del menor». En el primero, firmado por Arturo Canalda, se defiende la necesidad de un marco jurídico que regule la práctica de la «educación en casa» (homeschooling) y, desde una posición que garantice los derechos del menor, se explicitan unos mínimos, a juicio del autor, irrenunciables. Complementariamente, Javier Escrivá, en «La importancia de la educación en familia para el desarrollo integral del menor» recuerda que la familia, cuya primera función es educar, es comunidad de generaciones y garante de un patrimonio de tradiciones. A los padres, primeros y principales educadores de sus hijos, corresponde la crianza, la socialización y la personalización ética. Un proceso, por tanto, que, como bien subraya, halla su fuente y su norma en el amor, y va más allá de la mera instrucción.

El segundo capítulo: «Las leyes de educación y la educación en familia», se inicia con el trabajo «Análisis de la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad de la Educación y su repercusión sobre la libertad de conciencia y la educación en familia», de Irene María Briones, porque, como ella misma señala, en un libro dedicado a la educación en familia y a los aspectos relacionados con la libertad de conciencia, es oportuno revisar la política legislativa que en materia de educación se ha adoptado en España durante la etapa democrática, hasta llegar a la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad de la Educación (LOMCE). Rafael Caballero, por su parte, en un segundo texto: «Las dificultades para el encaje de la educación en casa en el sistema educativo español », se plantea, entre otras cuestiones, cuáles serían los criterios reguladores que permitirían acoger el homeschooling en nuestro ordenamiento mediante una posible reforma normativa. Ángel López-Sidro cierra el capítulo con el trabajo: «Educación en casa y crisis del estado del bienestar », en el que enfatiza la trascendencia de la educación familiar, más aún en unos momentos en que el actual sistema educativo, según consigna, está traspasado por los credos de la «moderna pedagogía», paradójicamente poco educativa.

El tercer capítulo: «Las consecuencias jurídicas del gran reto: el derecho de los padres a educar a sus hijos», abarca cinco trabajos. El primero, de Lourdes Ruano: «Objeciones de conciencia en la educación pública. El conflicto judicial para las familias », se centra en el derecho de los padres a elegir el tipo de educación que quieren para sus hijos, lo que a veces puede llevarles a oponerse a la norma, algo que se conoce como «objeción de legalidad». Javier Sánchez-Vera firma el texto: «Consecuencias penales de la educación en casa», en el que, por ejemplo, muestra los términos del debate jurídico penal abierto a partir de pretendidos delitos de abandono de menores.

Ana Llano, en «La regulación del homeschooling ante las exigencias democráticas de pluralismo, integración y libertad» se pregunta si la «educación en casa» mejora o daña la convivencia, de modo que se deba reconocer o regular mínima o exhaustivamente o, en su caso, prohibir. Alma Rodríguez es la autora de «Consecuencias jurídico-civiles del ejercicio de la educación en casa», un trabajo que analiza las consecuencias jurídicas que, desde el Derecho Civil, podría tener el homeschooling. A este respecto, se detiene en la configuración de la educación como un deber paterno-filial en el Código Civil y si está justificada la intervención del Estado en la forma en que desarrollan los progenitores tal deber.

El broche del capítulo corresponde a «La responsabilidad civil de los padres en la educación de sus hijos», de Ana Isabel Berrocal, un trabajo en el que se analiza lo que representa en el ámbito del ejercicio de la patria potestad el deber de educación y formación integral de los menores.

El cuarto capítulo, en el mismo marco jurídico de los anteriores, se titula: «La respuesta del derecho español y del derecho comparado. Análisis legislativo y jurisprudencial en España, de las decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del alcance de los instrumentos internacionales». Incluye cuatro trabajos sobre la educación en familia: dos sobre España y dos sobre Europa. El primero, de elocuente título, es «La educación en casa y el artículo 27 de la Constitución en la doctrina del Tribunal Constitucional», de María Moreno, donde se recuerdan diversas resoluciones que tienen como trasfondo el homeschooling y su compatibilidad con el derecho a la educación del art. 27 de la Constitución (CE), así como con los deberes de los padres con respecto a sus hijos previstos por el Código Civil. José María Martí es el autor de «Análisis de la sentencia 133/2010 del Tribunal Constitucional, sobre educación en familia, desde la perspectiva del artículo 10.2 de la Constitución », un texto en el que se invita a reflexionar sobre dicha sentencia en aras de una educación consistente y en libertad, por el bien de los menores. Lorenzo Martín-Retortillo firma «Los derechos de los padres sobre la educación de sus hijos según la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y la ‘enseñanza en casa’», texto en el que parte de la Declaración Universal de Derechos Humanos, continúa con sus ecos, para adentrarse, finalmente, en el campo de la jurisprudencia y analizar particularmente algunas decisiones de Estrasburgo. María José Valero, autora de «Homeschooling en Europa» brinda argumentos de alcance europeo, para que en relación a la «educación en casa» puedan adoptarse medidas con una base más amplia y consistente.

La segunda parte del libro, mucho más breve que la dedicada al terreno jurídico, es la que nos adentra, según se consignó al principio, en el campo pedagógico propiamente dicho. Está integrada por tres trabajos, que bien podrían constituir un quinto capítulo. El primero es «Diversidad de intereses y necesidades de aprendizaje en una sociedad compleja y cambiante: la educación en el hogar como posibilidad», de María Remedios Belando-Montoro, quien, tras ofrecer referencias sobre el origen de la corriente desescolarizadora y del movimiento de «educación en el hogar », repasa cómo está la situación de esta educación en España y muestra argumentos a favor y en contra del homeschooling.
Concluye su trabajo señalando la posibilidad, la necesidad y la pertinencia de esta modalidad educativa. Laura Bujalance es la autora de «Educar para ser personas.

La opción del homeschooling», en la que enfatiza que la «educación en casa» en modo alguno ha de descartarse, puesto que es una alternativa que no solo no impide que las personas se desplieguen íntegramente como tales, sino que puede potenciar este proceso mejor que ninguna otra modalidad. Por último, Santiago Ruiz de Temiño, en su trabajo titulado «La familia, primer agente social para aprender la cultura», hace hincapié en la significación educativa de la familia, por su concomplejo, pero también, desde un enfoque histórico-cultural, por su referencia a la cultura como mediadora del desarrollo de los hijos. Por ello, en suma, es partidario de que el homeschooling ocupe un lugar relevante en el diseño y revisión de las políticas educativas.

En definitiva, una obra necesaria y celebrada que aborda un asunto de gran actualidad al que es preciso dar respuestas pedagógicas, pero también jurídicas. Por eso este trabajo colectivo se estructura a partir de claves de esta doble índole. Es mucho lo que está en juego y, en relación a la «educación en casa», la política educativa tendrá que hacerse cargo, como se destaca en el libro, de la demanda creciente de un significativo sector de nuestra sociedad democrática, sin que se pierda de vista, claro está, el superior interés del menor.

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